C-314/17 - Geocycle Bulgaria

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Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 23 de noviembre de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven administrativen sad — Bulgaria) — «Geocycle Bulgaria» EOOD / Direktor na Direktsia «Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika» Veliko Tarnovo pri Tsentralno upravlenie na Natsionalnata agentsia za prihodite

(Asunto C-314/17) 1

[Procedimiento prejudicial — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Principios de neutralidad fiscal y de efectividad — Régimen de autoliquidación — Denegación del derecho a deducir el IVA soportado al destinatario de la factura — Decisión de las autoridades fiscales por la que se establece un gravamen a cargo del adquirente de un bien]

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Varhoven administrativen sad

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: «Geocycle Bulgaria» EOOD

Recurrida: Direktor na Direktsia «Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika» Veliko Tarnovo pri Tsentralno upravlenie na Natsionalnata agentsia za prihodite

Fallo

Los principios de neutralidad fiscal y de efectividad del sistema común del impuesto sobre el valor añadido deben interpretarse en el sentido de que se oponen a que un Estado miembro deniegue al destinatario de una entrega de bienes el derecho a deducir el impuesto sobre el valor añadido soportado y pagado cuando, para una misma entrega, dicho impuesto es ingresado una primera vez por el proveedor, al haber consignado la cuota en la factura que ha emitido, y una segunda vez por el adquirente, en los casos en que la normativa nacional no establece la posibilidad de rectificar el impuesto sobre el valor añadido si existe una resolución de regularización fiscal.

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1 DO C 256 de 7.8.2017.