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9.3.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 81/9


Petición de decisión prejudicial planteada por el First-tier Tribunal (Tax Chamber) (Reino Unido) el 29 de diciembre de 2014 — Bookit, Ltd/Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

(Asunto C-607/14)

(2015/C 081/12)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

First-tier Tribunal (Tax Chamber)

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Bookit, Ltd

Demandada: Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

Cuestiones prejudiciales

1)

En relación con la exención del IVA contenida en el artículo 135, apartado 1, letra d), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo (1), de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, tal como ha sido interpretado por el Tribunal de Justicia en la sentencia Sparekassernes Datacenter (SDC) contra Skatteministeriet (C-2/95, EU:C:1997:278, Rec. I-3017), ¿cuáles son los principios pertinentes que deben aplicarse para determinar si un «servicio de gestión de tarjetas de crédito y de débito» (como el servicio prestado en el caso de autos) tiene «el efecto de transferir fondos e implicar modificaciones jurídicas y financieras» en el sentido de lo declarado en el apartado 66 de la citada sentencia?

2)

Con carácter general, ¿qué elementos permiten distinguir entre a) un servicio que consiste en facilitar información financiera sin la cual no se efectuaría un pago pero que no queda comprendido en la exención (como en el asunto Nordea Pankki Suomi, C-350/10, EU:C:2011:532, Rec. I-7359), y b) un servicio de gestión de datos que, desde un punto de vista funcional, tiene el efecto de transferir fondos y que, según el Tribunal de Justicia, por consiguiente, puede quedar comprendido en la exención (como en el asunto SDC, apartado 66)?

3)

En particular, y en el ámbito de los servicios de gestión de tarjetas de crédito y débito:

a)

¿Se aplica la exención a servicios cuya consecuencia es una transferencia de fondos pero que no incluyen la operación de efectuar un cargo en una cuenta y practicar el correspondiente abono en otra?

b)

¿Está supeditado el derecho a la exención a que el propio prestador del servicio obtenga los códigos de autorización directamente del banco del titular de la tarjeta o a que, con carácter alternativo, los obtenga a través de su banco adquirente comercial?


(1)  DO L 347, p. 1.