10.10.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 371/4 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 18 de julio de 2016 — X BV/Staatssecretaris van Financiën
(Asunto C-398/16)
(2016/C 371/05)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Demandante: X BV
Demandada: Staatssecretaris van Financiën
Cuestión prejudicial
¿Deben interpretarse los artículos 43 CE y 48 CE (actualmente artículos 49 TFUE y 54 TFUE) en el sentido de que se oponen a una normativa nacional en virtud de la cual no se permite a una sociedad matriz domiciliada en un Estado miembro deducir los intereses de un préstamo relacionado con un desembolso de capital en una filial establecida en otro Estado miembro, mientras que sí podría disfrutar de la deducción si la filial estuviera incluida en una unidad fiscal —con las características de la unidad fiscal neerlandesa— junto a la matriz porque en ese caso, en virtud de la consolidación, no se aprecia ninguna relación con tal desembolso de capital?