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16.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 11/13


Petición de decisión prejudicial planteada por el Baranya Megyei Bíróság (Hungría) el 5 de octubre de 2009 — Uszodaépítő Kft./APEH Központi Hivatal Hatósági Főosztály

(Asunto C-392/09)

2010/C 11/23

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Baranya Megyei Bíróság

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Uszodaépítő Kft.

Demandada: APEH Központi Hivatal Hatósági Főosztály

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Es compatible con los artículos 17 y 20 de la Sexta Directiva (1) una norma de un Estado miembro que entró en vigor el 1 de enero de 2008, después de haberse generado el derecho a deducción del impuesto, y que, a efectos de la deducción del IVA abonado y declarado por prestaciones de servicios o entregas de bienes realizadas en el ejercicio 2007, exige la modificación del contenido de las facturas y la presentación de una declaración complementaria?

2)

La medida regulada en el artículo 269, apartado 1, de la nueva Ley del IVA, según la cual, en el supuesto de que se cumplan los requisitos señalados en dicho precepto, los derechos y obligaciones se determinarán y aplicarán conforme a lo dispuesto en dicha Ley, aun cuando se hubieren generado con anterioridad a la entrada en vigor de la misma –dentro del período de prescripción-, ¿es compatible con los principios generales del Derecho comunitario, en particular, es objetivamente justificable, racional y proporcionada y cumple con el principio de seguridad jurídica?


(1)  Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme (DO L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54).