10.9.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 269/29 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Förvaltningsrätten i Falun (Suecia) el 27 de junio de 2011 — Widex A/S/Skatteverket
(Asunto C-319/11)
2011/C 269/55
Lengua de procedimiento: sueco
Órgano jurisdiccional remitente
Förvaltningsrätten i Falun
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Widex A/S
Demandada: Skatteverket
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Cómo debe interpretarse la expresión «establecimiento permanente desde el que se realizan operaciones económicas» a la luz de las disposiciones pertinentes del Derecho de la Unión Europea en este asunto? (1) |
2) |
¿Debe considerarse que un sujeto pasivo, que tiene la sede de su actividad económica en otro Estado miembro, cuya actividad consiste, entre otras cosas, en la fabricación y venta de audífonos, al haber llevado a cabo actividades de investigación en el ámbito de la audiología en una división de investigación situada en Suecia, tiene un establecimiento permanente en Suecia desde el que se han realizado operaciones económicas, cuando ese sujeto pasivo ha adquirido bienes y servicios, que se recibieron y utilizaron en la división de investigación en cuestión situada en Suecia? |
(1) Artículos 170 y 171 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1) y artículos 1 y 2 de la Octava Directiva 79/1072/CEE del Consejo, de 6 de diciembre de 1979, en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Modalidades de devolución del impuesto sobre el valor añadido a los sujetos pasivos no establecidos en el interior del país (DO L 331, p. 11; EE 09/01, p. 116).