29.10.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/10 |
Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2011 — Comisión Europea/República Portuguesa
(Asunto C-450/11)
2011/C 319/18
Lengua de procedimiento: portugués
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: M. Afonso y L. Lozano Palacios, agentes)
Demandada: República Portuguesa
Pretensiones de la parte demandante
— |
Que se declare que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 306 a 310 de la Directiva IVA, (1) al aplicar, como prevé el Decreto-ley 221/85, de 3 de julio, el régimen especial del IVA de las agencias de viajes a los servicios de viajes que se venden a personas que no tienen la condición de viajeros. |
— |
Que se condene en costas a la República Portuguesa. |
Motivos y principales alegaciones
La Comisión considera que la aplicación del régimen especial por la República Portuguesa, que lo extiende a las operaciones prestadas por las agencias de viajes a otras agencias de viajes o a otros sujetos pasivos del IVA que no tienen la condición de viajeros, no es conforme con la normativa de la Unión sobre esta materia, puesto que l as disposiciones de la Directiva IVA exigen que la aplicación del régimen especial se limite a los servicios prestados a los viajeros.
(1) Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1).