23.7.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 219/8 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Nejvyšší Správní Soud (República Checa) el 11 de mayo de 2011 — Star Coaches, s.r.o./Finanční ředitelství pro hlavní město Prahu
(Asunto C-220/11)
2011/C 219/10
Lengua de procedimiento: checo
Órgano jurisdiccional remitente
Nejvyšší Správní Soud
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Star Coaches, s.r.o.
Recurrida: Finanční ředitelství pro hlavní město Prahu
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿El artículo 306 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, (1) relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, se refiere sólo a prestaciones realizadas por una agencia de viajes a usuarios finales de servicios de viajes (viajeros) o también a otras personas (clientes)? |
2) |
¿Una empresa de transportes que se limita a prestar servicios de transporte de personas facilitando transporte en autobús a agencias de viajes (no directamente a los viajeros) y que no presta ningún otro servicio (alojamiento, información, asesoramiento, etc.) puede considerarse como agencia de viajes a los efectos del artículo 306 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido? |
(1) DO L 347, p. 1.