31.3.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 98/12 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Nejvyšší správní soud (República Checa) el 16 de enero de 2012 — Město Žamberk/Finanční ředitelství v Hradci Králové
(Asunto C-18/12)
2012/C 98/19
Lengua de procedimiento: checo
Órgano jurisdiccional remitente
Nejvyšší správní soud
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Město Žamberk
Demandada: Finanční ředitelství v Hradci Králové
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Se pueden considerar las actividades deportivas no organizadas, no sistemáticas y recreativas que se pueden llevar a cabo de esa manera en un complejo de piscinas al aire libre (por ejemplo, natación recreativa, juegos de pelota recreativos, etc.) como práctica del deporte o de la educación física en el sentido de lo dispuesto en el artículo 132, apartado 1, letra m), de la Directiva 2006/112/CE, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido? (1) |
2) |
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿debe considerarse la concesión a título oneroso del acceso a tal complejo de piscinas al aire libre, que ofrece a sus visitantes la citada oportunidad de practicar actividades deportivas, si bien junto con otros tipos de entretenimiento o recreación, como un servicio directamente relacionado con la práctica del deporte o de la educación física prestado a las personas que practican el deporte o la educación física, en el sentido de lo dispuesto en el citado precepto de la Directiva 2006/112/CE y, por lo tanto, como un servicio exento del impuesto sobre el valor añadido, siempre que sea prestado por un organismo sin fin lucrativo y se cumplan los demás requisitos de la Directiva? |
(1) DO L 347, p. 1.