16.2.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/5 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 18 de noviembre de 2014 — Gemeente Borsele, Staatssecretaris van Financiën
(Asunto C-520/14)
(2015/C 056/06)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Gemeente Borsele, Staatssecretaris van Financiën
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Deben interpretarse los artículos 2, apartado 1, inicio y letra c), y 9, apartado 1, de la Directiva 2006/112/CE (1) en el sentido de que en virtud de una normativa como la descrita en la presente resolución un ayuntamiento ha de tener la consideración, en relación con el transporte escolar, de sujeto pasivo en el sentido de dicha Directiva? |
2) |
Para responder a esta cuestión, ¿debe tenerse en cuenta el régimen en su totalidad o bien debe realizarse este examen de forma separada para cada servicio de transporte? |
3) |
En este último caso, ¿debe establecerse una distinción en función de si se trata de un transporte de alumnos a una distancia de entre 6 y 20 kilómetros y a una distancia superior a 20 kilómetros? |
(1) Directiva del Consejo de 28 de noviembre de 2006 relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1).