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25.4.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 145/17


Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (Polonia) el 22 de enero de 2016 — Minister Finansów/Stowarzyszenie Artystów Wykonawców Utworów Muzycznych i Słowno-Muzycznych SAWP, con sede en Varsovia (SAWP)

(Asunto C-37/16)

(2016/C 145/22)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Naczelny Sąd Administracyjny

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Minister Finansów

Recurrida: Stowarzyszenie Artystów Wykonawców Utworów Muzycznych i Słowno-Muzycznych SAWP, con sede en Varsovia (SAWP)

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Existe, a efectos del artículo 24, apartado 1, y del artículo 25, letra a), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, (1) una prestación de servicios de los autores, los intérpretes y otros titulares de derechos, a los fabricantes e importadores de magnetófonos, dispositivos similares y soportes vírgenes, por cuya venta las entidades de gestión colectiva recaudan, en su propio nombre pero por cuenta de los primeros, los cánones correspondientes?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la primera pregunta, ¿actúan las entidades de gestión colectiva, al recaudar los cánones debidos por la venta de dispositivos y soportes de los fabricantes e importadores, como sujetos pasivos en el sentido del artículo 28 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, estando obligadas a hacer constar estas operaciones mediante factura expedida a los fabricantes e importadores de magnetófonos, dispositivos similares y soportes vírgenes según lo previsto en el artículo 220, apartado 1, punto 1, de dicha Directiva, en la que deberá figurar el IVA devengado por los cánones recaudados, y a su vez estando obligados los autores, intérpretes y otros titulares, al efectuarse el reparto de los cánones, a hacer constar la obtención de los cánones en una factura expedida a las entidades recaudadoras de gestión colectiva, en la que figure el IVA?


(1)  DO L 347, p. 1.