28.2.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 95/7 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (Polonia) el 5 de octubre de 2021 — Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej / Gminie L.
(Asunto C-616/21)
(2022/C 95/11)
Lengua de procedimiento: polaco
Órgano jurisdiccional remitente
Naczelny Sąd Administracyjny
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej
Demandada: Gmina L.
Cuestión prejudicial
¿Deben interpretarse las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, (1) relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido y, en particular, los artículos 2, apartado 1, 9, apartado 1, y 13, apartado 1, de dicha Directiva, en el sentido de que debe considerarse sujeto pasivo del IVA a un municipio (autoridad pública) en lo relativo a la ejecución de un programa de retirada del amianto que se encuentre en inmuebles del territorio de dicho municipio, que son propiedad de residentes que no soportan ningún gasto por este concepto? ¿O constituye dicha actividad una actividad del municipio como autoridad pública, emprendida para cumplir sus fines, para proteger la salud y la vida de los residentes y proteger el medioambiente, sin que tenga el municipio la consideración de sujeto pasivo de IVA por dicha actividad?
(1) DO 2006, L 347, p. 1.