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5.7.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/25


Petición de decisión prejudicial planteada por el Østre Landsret (Dinamarca) el 28 de abril de 2008 — NCC Construction Danmark A/S/Skatteministeriet

(Asunto C-174/08)

(2008/C 171/37)

Lengua de procedimiento: danés

Órgano jurisdiccional remitente

Østre Landsret

Partes en el procedimiento principal

Demandante: NCC Construction Danmark A/S

Demandada: Skatteministeriet

Cuestiones prejudiciales

1)

¿La expresión «operaciones accesorias inmobiliarias», que figura en la segunda frase del artículo 19, apartado 2, de la Sexta Directiva IVA (1), debe interpretarse en el sentido de que se aplica a las actividades de una empresa constructora sujeta al IVA correspondientes a la ulterior venta de los inmuebles que dicha empresa construyó por cuenta propia con objeto de revenderlos, estando dicha actividad de construcción plenamente sujeta al IVA?

2)

A efectos de responder a la primera cuestión, ¿resulta pertinente saber en qué medida las actividades de venta, consideradas por separado, requieren la utilización de bienes y servicios por los que debe pagarse el IVA?

3)

¿Es compatible con el principio de neutralidad del IVA que una empresa constructora a la que la normativa del Estado miembro de que se trata exige, con arreglo a los artículos 5, apartado 7, y 6, apartado 3, de la Sexta Directiva, el pago del IVA por las entregas internas de bienes en el seno de la empresa para la construcción por cuenta propia de edificios destinados a una venta posterior, sólo tenga derecho a una deducción parcial del IVA por los gastos generales de sus actividades de construcción, habida cuenta de que la legislación de dicho Estado miembro en materia de IVA exime del IVA la venta posterior de los inmuebles, al amparo del artículo 28, apartado 3, letra b), de la Sexta Directiva IVA, en relación con el punto 16 de su anexo F?


(1)  Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido: base imponible uniforme (DO L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54).