20.12.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 327/21 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Augstākās tiesas Senāts (República de Letonia) el 23 de octubre de 2008 — Alstom Power Hydro/Valsts ieņēmumu dienests
(Asunto C-472/08)
(2008/C 327/37)
Lengua de procedimiento: letón
Órgano jurisdiccional remitente
Augstākās tiesas Senāts
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Alstom Power Hydro
Demandada: Valsts ieņēmumu dienests
Cuestión prejudicial
¿Debe interpretarse el artículo 18, apartado 4, de la Directiva 77/388/CEE del Consejo (1), de 17 de mayo de 1977, en el sentido de que se opone al establecimiento en una normativa nacional (omissis) de un plazo de caducidad de tres años para el ejercicio del derecho a la devolución del excedente del impuesto sobre el valor añadido (la diferencia entre el impuesto repercutido y el impuesto soportado deducible)?
(1) Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme (DO L 145, p. 23; EE 09/01, p. 54).