Available languages

Taxonomy tags

Info

References in this case

References to this case

Share

Highlight in text

Go

19.12.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/17


Petición de decisión prejudicial planteada por el Mokestinių Ginčų Komisija Prie Lietuvos Respublikos Vyriausybės (República de Lituania) el 29 de septiembre de 2009 — Nidera Handelscompagnie B.V./Valstybinės mokesčių inspekcija prie Lietuvos Respublikos finansų ministerios

(Asunto C-385/09)

2009/C 312/28

Lengua de procedimiento: lituano

Órgano jurisdiccional remitente

Mokestinių Ginčų Komisija Prie Lietuvos Respublikos Vyriausybės

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Nidera Handelscompagnie B.V.

Demandada: Valstybinės mokesčių inspekcija prie Lietuvos Respublikos finansų ministerios

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Se ajusta a las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE (1) que regulan el derecho a deducir el IVA una normativa en virtud de la cual el derecho a deducir el IVA únicamente se reconoce a los sujetos pasivos del IVA, es decir, únicamente a los sujetos pasivos que se hayan registrado como sujetos pasivos del IVA en el Estado miembro de que se trata (en este caso, Lituania) con arreglo a los procedimientos allí vigentes?

2)

En caso de que la respuesta a la primera cuestión sea afirmativa, ¿se ajusta a los principios generales del derecho a deducir el IVA establecidos en la Directiva 2006/112/CE la citada normativa, en el caso de que disponga que un sujeto pasivo del IVA únicamente tendrá derecho a deducir el IVA soportado o el IVA a la importación que gravó los bienes o servicios adquiridos antes de la fecha en que se registró como sujeto pasivo del IVA si esos bienes o servicios van a ser utilizados en una actividad de ese sujeto pasivo que esté sujeta a IVA, es decir, que el IVA soportado o el IVA a la importación que gravó los bienes y servicios adquiridos antes de la fecha de su registro como sujeto pasivo del IVA no será deducible si esos bienes ya han sido utilizados en la citada actividad?


(1)  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1).