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3.7.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/17


Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (República de Polonia) el 9 de abril de 2010 — Jaroslaw Słaby/Ministrowi Finansów

(Asunto C-180/10)

2010/C 179/28

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Naczelny Sąd Administracyjny

Partes en el procedimiento principal

Demandante y recurrida en casación: Jaroslaw Słaby

Demandada y recurrente en casación: Minister Finansów

Cuestión prejudicial

Una persona física que ha ejercido una actividad agrícola en un inmueble y que, posteriormente, debido a una modificación de los planes urbanísticos, que se produjo por motivos independientes de su voluntad, ha cesado en dicha actividad, ha recalificado ese patrimonio como patrimonio privado, lo ha dividido en partes más pequeñas (parcelas edificables con viviendas de vacaciones), y ha comenzado su venta, ¿es por este motivo un sujeto pasivo del IVA en el sentido del artículo 9, apartado 1, de la Directiva 2006/112/CEE (1) y del artículo 4, apartados 1 y 2, de la Directiva 77/388/CEE, (2) Sexta Directiva sobre el IVA, que está obligado al pago del IVA debido a una actividad de comercio?


(1)  Directiva del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1).

(2)  Directiva del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme (DO L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54).