25.5.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 147/11 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 25 de febrero de 2013 — Gemeente ’s-Hertogenbosch, otra parte: Staatssecretaris van Financiën
(Asunto C-92/13)
2013/C 147/19
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Gemeente ’s-Hertogenbosch
Otra parte: Staatssecretaris van Financiën
Cuestión prejudicial
¿Debe interpretarse el artículo 5, apartado 7, inicio y letra a), de la Sexta Directiva (1) en el sentido de que ha de tener la consideración de entrega a título onerosa la situación en la cual un ayuntamiento explota un edificio que ha ordenado construir sobre suelo propio y que va a utilizar en un 94 % para sus actividades como actividad pública y en un 6 % para sus actividades como sujeto pasivo, de las que un 1 % corresponden a servicios exentos que no dan derecho a deducción?
(1) Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme (DO L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54).