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25.1.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/11


Recurso interpuesto el 20 de noviembre de 2013 — Comisión Europea/República Federal de Alemania

(Asunto C-591/13)

2014/C 24/20

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: W. Mölls y W. Roels, agentes)

Demandada: República Federal de Alemania

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que la República Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 49 TFUE y 31 del Acuerdo EEE (1) al haber adoptado y mantenido disposiciones con arreglo a las cuales se aplaza el impuesto sobre las plusvalías latentes puestas de manifiesto con ocasión de la enajenación a título oneroso de determinados activos inmovilizados, siempre que se adquieran o produzcan otros activos inmovilizados, aplazamiento que durará hasta que se realice la venta de esos otros activos inmovilizados, por considerarse que tales plusvalías latentes «se transmiten» a los activos inmovilizados adquiridos o producidos, y ello a condición de que éstos pertenezcan al inmovilizado de establecimientos permanentes del sujeto pasivo que se encuentren en territorio nacional, mientras que no cabe dicho aplazamiento cuando los mismos bienes pertenezcan al inmovilizado de establecimientos permanentes del sujeto pasivo que se encuentren en otro Estado miembro u otro Estado del Espacio Económico Europeo.

Que se condene en costas a la República Federal de Alemania.

Motivos y principales alegaciones

Con arreglo a las referidas disposiciones de Derecho alemán, en el supuesto de la enajenación de determinados activos inmovilizados del patrimonio empresarial, la ganancia patrimonial resultante no se somete inmediatamente a tributación si el sujeto pasivo vuelve a adquirir o produce en un plazo determinado ciertos activos inmovilizados para su patrimonio empresarial. En dicho supuesto, la tributación por la ganancia patrimonial resultante de la enajenación de los bienes iniciales se aplaza, mediante la «transmisión» de las referidas plusvalías latentes, hasta el momento en que se enajenen los bienes así adquiridos o producidos. No obstante, con arreglo a dichas disposiciones, sólo se concederá el aplazamiento cuando los bienes adquiridos o producidos pertenezcan al inmovilizado de establecimientos permanentes que se encuentren en territorio nacional, y no cuando los establecimientos permanentes relevantes se encuentren en otro Estado miembro u otro Estado del Espacio Económico Europeo. A juicio de la Comisión, la referida normativa resulta contraria a la libertad de establecimiento.


(1)  Acuerdo de 2 de mayo de 1992 sobre el Espacio Económico Europeo (DO 1994, L 1, p. 3).