28.11.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 441/13 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Sofia grad (Bulgaria), el 26 de septiembre de 2016 — «Еntertainment Balgaria System» ЕООD/Direktor na Direktsia «Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika» — Sofía
(Asunto C-507/16)
(2016/C 441/16)
Lengua de procedimiento: búlgaro
Órgano jurisdiccional remitente
Administrativen sad Sofia grad (Bulgaria)
Partes en el procedimiento principal
Recurrente:«Еntertainment Balgaria System» ЕООD
Recurrida: Direktor na Direktsia «Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika» — Sofía
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse el artículo 214 de la Directiva 2006/112 (1) en el sentido de que, en relación con el derecho a deducción, deben atribuirse diferentes efectos a los distintos casos de registro a efectos del IVA, o se opone dicha disposición a que los Estados miembros atribuyan diferentes efectos a los casos de registro, como sucede en el artículo 97a y el artículo 70, apartado 4, de la ZDDS? |
2) |
¿Deben interpretarse los artículos 168, letra a), y 169, letra a), de la Directiva 2006/112 en el sentido de que una persona que esté registrada conforme al artículo 214, apartado 1, letra e), de la Directiva 2006/112 no tiene derecho a deducir el impuesto pagado por ella por las prestaciones de servicios recibidas de sujetos pasivos de otros Estados miembros, si utiliza dichas prestaciones de servicios para efectuar prestaciones de servicios en otros Estados miembros y se cumplen los demás requisitos jurídicos sustantivos y de procedimiento para el ejercicio del derecho a deducción? |
3) |
¿Deben interpretarse los artículos 168, letra a), y 169, letra a), de la Directiva 2006/112 en el sentido de que se oponen a una disposición nacional como la del artículo 70, apartado 4, de la ZDDS, conforme a la cual en ninguna circunstancia se genera el derecho a deducción a favor de una persona registrada a efectos del IVA en virtud del artículo 214, apartado 1, letras d) o e), y no virtud del artículo 214, apartado 1, letra a), de la Directiva? |
(1) Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1).