10.1.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 11/13 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) (Portugal) el 26 de julio de 2021 — The Navigator Company S.A., Navigator Pulp Figueira S.A. / Autoridade Tributária e Aduaneira
(Asunto C-459/21)
(2022/C 11/18)
Lengua de procedimiento: portugués
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD)
Partes en el procedimiento principal
Partes instantes: The Navigator Company S.A., Navigator Pulp Figueira S.A.
Parte instada: Autoridade Tributária e Aduaneira
Cuestión prejudicial
¿Se opone el principio de equivalencia a una normativa nacional en materia de IVA como la establecida en el artículo 21, apartado 1, del Código do Imposto sobre o Valor Acrescentado (Código del impuesto sobre el valor añadido) (CIVA), mantenida al amparo de la cláusula de standstill, que excluye el derecho a la deducción íntegramente o en un 50 % del IVA soportado en relación con los gastos de vehículos automóviles, gastos de desplazamiento y alojamiento y gastos de representación, los cuales, en el marco del impuesto de sociedades, son totalmente deducibles como gastos (sin perjuicio de su comprobación a posteriori y con sujeción a determinadas condiciones) o, en el marco de la tributación autónoma, pueden deducirse efectivamente como gastos en una proporción superior al 50 %?