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4.7.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 153/30


Petición de decisión prejudicial planteada por la Court of Appeal (Reino Unido) el 14 de mayo de 2009 — Her Majesty’s Commissioners of Revenue and Customs/Axa UK plc

(Asunto C-175/09)

2009/C 153/59

Lengua de procedimiento: Inglés

Órgano jurisdiccional remitente

Court of Appeal

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Her Majesty’s Commissioners of Revenue and Customs

Demandada: Axa UK plc

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Cuáles son las características de un servicio exento que tiene «por efecto transmitir fondos e implicar modificaciones jurídicas y financieras»? En especial,

a)

¿Es aplicable la exención a servicios que en otro caso no tendrían que ser ejecutados por ninguna de las instituciones financieras que i) realizan un adeudo en una cuenta, ii) realizan un abono correspondiente en otra cuenta, o iii) realizan cualquier actividad intermedia entre las descritas en los puntos i) o ii)?

b)

¿Es aplicable la exención a servicios que no incluyen la ejecución de las actividades de adeudo en una cuenta y de abono correspondiente en otra cuenta pero respecto de los cuales, cuando resulta una transferencia de fondos, se puede considerar que han sido la causa de esa transferencia?

2)

A la luz de la sentencia SDC, un operador que no es un banco, ¿realiza un servicio exento conforme al artículo 13, parte B, letra d), número 3, cuando las actividades que ejecuta para su cliente: 1) incluyen el cobro, procesamiento y pago posterior de sumas dinerarias debidas a su cliente por un tercero; en particular, las actividades consistentes en:

a)

transmitir información al banco del tercero solicitando un pago de la cuenta bancaria del tercero a la cuenta bancaria del propio operador, en virtud de un mandato permanente dirigido por ese tercero al banco (conforme al sistema de «débito directo»); y posteriormente, si el banco realiza ese pago,

b)

dar orden a su propio banco para transferir fondos de la cuenta del operador a la cuenta bancaria del cliente, pero 2) no incluyen los actos de a) realizar un adeudo en una cuenta bancaria, b) realizar un abono correspondiente en otra cuenta bancaria, o c) ejecutar cualquier actividad intermedia entre las descritas en los puntos a) y b)?

3)

¿Modifica de alguna forma la respuesta a la anterior cuestión segunda (2a) el hecho de que el servicio descrito en dicha cuestión se ejecute mediante la transmisión de la información a un sistema electrónico que seguidamente entra en comunicación automática con el banco pertinente, aun si la transmisión de la información puede no tener siempre el resultado de que se produzca una transferencia (por ejemplo, porque el tercero haya cancelado su mandato permanente a su banco o no tenga fondos suficientes en su cuenta?